Exclusiones
Cobertura de Muerte por cualquier causa
Esta Póliza no cubre el riesgo de muerte si el fallecimiento del Asegurado fuere causado por suicidio voluntario o involuntario, durante el primer (1er.) año de haber estado ininterrumpidamente en pleno vigor esta Póliza o desde la fecha de su última rehabilitación.
Cobertura de Incapacidad Total y Permanente
Esta cláusula no cubre ninguna incapacidad total y permanente causada directa o indirectamente por o como consecuencia de:
- Guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, amotinamiento, motín, sublevación, huelga, conmoción civil, guerra civil, actos terroristas, rebelión, revolución, insurrección, conspiración, sedición, asonada, poder militar o usurpado, ley marcial o estado de sitio o cualquiera de los sucesos o causas que determinen la proclamación o mantenimiento de la ley marcial o estado de sitio, comiso, cuarentena dispuesta por cualquier gobierno o autoridad pública o local o por orden de dicho gobierno o autoridad, o cualquier arma o instrumento que emplee fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva provocada directa o indirectamente, ya sea en tiempo de paz o de guerra. Esta exclusión no resultada afectada por cualquier, endoso que no haga alusión específica a la misma, en parte o en todo;
- Heridas auto infligidas intencionalmente, suicidio o cualquier intento de suicidio estando o no el Asegurado en uso de sus facultades mentales;
- Que el Asegurado se encuentre en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas o alucinógenos. Estos estados deberán ser calificados por la autoridad competente; y
- Enfermedades mentales de cualquier tipo;
- Lesiones a consecuencia del uso o consumo de alcohol, drogas y/o estupefacientes, estando o no en uso de sus facultades mentales;
- Lesiones corporales que den lugar a formación de hernias;
- Enfermedades y lesiones relacionadas a dichas enfermedades;
- Intervenciones quirúrgicas o tratamiento médico, fisioterapéutico, quirúrgico o anestésicos que no hayan sido motivados por accidente;
- Infecciones bacterianas (excepto infecciones biogénicas que deriven de cortaduras o heridas accidentales);
- Epidemias e infecciones;
- Viajes aéreos en aviones que no sean de líneas comerciales autorizadas para el tráfico regular de pasajeros, así como también como miembro de la tripulación de cualquier aeronave;
- Accidentes en que el Asegurado se encuentre viajando como conductor o pasajero de motocicletas o motonetas;
- Participación en delitos o infracciones a las leyes o reglamentos públi- cos relacionados con la seguridad de las personas;
- Participación en peleas salvo que se establezca legalmente que actuó en defensa propia;
- La participación del Asegurado en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, entendiendo por tales aquellas donde se pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas;
- Lesiones o muerte a consecuencia del ejercicio de una ocupación o actividad deportiva distintas a la declaradas en la solicitud de seguro, salvo que el Asegurado haya notificado de la nueva ocupación o actividad deportiva por escrito a la Compañía, y que esta haya aceptado el nuevo riesgo por escrito;
- La práctica de deportes riesgosos tales como: boxeo, inmersión submarina, montañismo, alas delta, paracaidismo; carreras de caballos, automóviles, motocicletas y lanchas; y otros deportes riesgosos, que no hayan sido declarados por el Asegurado al momento de contratar el seguro o durante su vigencia; y,
- Intervención en cualquier tipo de competencia y/o deporte riesgoso, a nivel profesional.